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Servicio de Atención al Cliente

Los Corredores y Corredurías de Seguros estãn obligados a disponer de un Departamento de Atención al Cliente con el fin de atender y resolver las quejas y reclamaciones que su clientela pueda presentar, relacionadas con sus intereses y derechos legalmente reconocidos, conforme a lo establecido en la Ley 26/2006, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados y en la normativa sobre protección del cliente de servicios financieros.

A estos efectos, podrãn contratar externamente el desempeño de las funciones del Departamento de Atención al Cliente con otra persona o entidad ajena a la estructura a la estructura de su organización, siempre que el titular del Departamento reúna los requisitos exigidos en dicha normativa.

El Consejo General de Colegios de Mediadores de Seguros, con la ratificación de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, ha creado este Departamento de Atención al Cliente al cual se encuentran adscritos Corredores y Corredurías de Seguros debidamente colegiados.

Rellene el siguiente formulario para buscar el Corredor o Corredurĩa de Seguros que nos tenga encomendado este servicio:

Nombre o Razón Social: 

Apellidos: 
(opcional) 

Provincia: 

Tipo: 
Corredor (persona física)
Correduría (empresa, sociedad, etc)
Todos
 

CONSEJO GENERAL DE LOS COLEGIOS DE MEDIADORES DE SEGUROS
C/ Núñez de Balboa, 116 - 3º, 28006 - MADRID (España)
Tlf.: 914 111 963 - 914 111 301 - 915 622 703 - 914 111 898 Fax: 915 622 702
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